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lunes, 8 de febrero de 2016

Pinceladas medicamentosas

Drugs

Primeramente hemos de considerar el concepto de "droga": sustancia química que introducida en el organismo, por cualquier vía de administración, produce alguna alteración en su funcionamiento. Entrarían en esta definición los fármacos o medicamentos, sustancias comercializadas con la finalidad de mejorar la salud, previniendo, aliviando o curando enfermedades. Sin embargo, el término suele restringirse a las drogas ilegales o “de abuso”.

Los fármacos o medicamentos son sustancias de uso humano con fines médicos, si bien en ocasiones su mal uso y abuso desvirtúa su verdadero valor. Tienen unas indicaciones que, en general, deben ser valoradas por un médico, además de efectos secundarios y contraindicaciones que también deben ser sopesadas antes de su administración.

Algunos fármacos psicótropos –que actúan sobre el sistema nervioso central–, como los tranquilizantes o ansiolíticos, pueden producir dependencia como las drogas ilegales. Su consumo entraña riesgo para determinadas actividades, laborales, en el manejo de maquinaria o en la conducción, por provocar somnolencia o disminución de los reflejos; de ahí que precisen indicación médica.

Para garantizar el buen uso de los medicamentos, su comercialización está regulada y, por ello, su venta sometida a una legislación, internacional y nacional.
¿Qué agencias y normas regulan el uso de medicamentos?

La Agencia Europea de Medicamentos o EMA (acrónimo en inglés: European Medicines Agency) es la encargada de evaluar las solicitudes de autorización de comercialización de medicamentos en la Unión Europea y de su posterior supervisión. Por lo tanto, es el organismo que en primera instancia contribuye a la protección de la salud pública en cuestión de medicamentos.

La Agencia Española de Medicamentos y productos sanitarios o AEMPS hace otro tanto a nivel nacional, a través de la siguiente normativa:
  • Real Decreto 686/2013, de 16 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 1345/2007, de 11 de octubre, por el que se regula el procedimiento de autorización, registro y condiciones de dispensación de los medicamentos de uso humano fabricados industrialmente. 
  • Real Decreto 577/2013, de 26 de julio, por el que se regula la farmacovigilancia de medicamentos de uso humano.
La Ley del Medicamento (Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento), para la ordenación de los medicamentos, pretendía “dotar a la sociedad española de un instrumento institucional que le permitiera esperar confiadamente que los problemas relativos a los medicamentos fueran abordados por cuantos agentes sociales se vieran involucrados en su manejo, (industria farmacéutica, profesionales sanitarios, poderes públicos y los propios ciudadanos). 

La Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios (Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios) pretende “asegurar en España la calidad de la prestación en materia de medicamentos en todo el Sistema Nacional de Salud, así como impulsar el uso racional de los medicamentos, en condiciones de efectividad y seguridad”.

[+ Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.]

Otras normas de menor rango inciden en cuestiones concretas tratando de garantizar igualmente el buen uso de los medicamentos, a fin de evitar fraudes y riesgos para la salud pública.

Y además, el código penal español recoge en su articulado los delitos y las sanciones correspondientes sobre este particular, incluyendo el empleo de sustancias prohibidas o dopantes en la práctica deportiva.


¿Qué medicamentos precisan prescripción médica y cuáles no?

La mayoría de medicamentos han de ser prescritos por un médico antes de ser dispensados en las oficinas de farmacia; otros pueden ser dispensados libremente (fármacos de venta libre). Los fármacos que precisan receta vienen indicados en los envases con un círculo (v. "símbolos en envases de medicamentos").

Símbolos de medicamentos

Visado de medicamentos

Unos pocos medicamentos precisan validación, homologación o “visado” por parte de la inspección de farmacia tras ser prescritos por el médico, un procedimiento más burocrático que científico cuestionado por los facultativos.

Prescripción enfermera

Otro punto también polémico, en debate desde 2009, es la llamada prescripción enfermera, la indicación oficial de medicamentos por el personal de enfermería (que conlleva una responsabilidad), finalmente aprobada:
  • Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros.
Enlazamos un artículo en el que se aclaran términos: Reflexiones sobre la prescripción enfermera en el ámbito de la atención primaria de salud. La prescripción –acción y efecto de prescribir–, puede ser farmacológica o no farmacológica; en el primer caso significa recetar. 

¿Qué entendemos por prescripción enfermera?

Sustancias prohibidas o dopantes

Al hablarse de dopaje o “doping” se hace referencia al consumo por parte de los deportistas de cualquier sustancia prohibida o “dopante”, con el fin de mejorar su rendimiento físico y conseguir mejores marcas o mayor número de victorias.

Supone una práctica ilícita y punible; el hacer trampa es antideportivo y merece castigo. Pero además implica un riesgo para la salud del deportista que consume la sustancia dopante; un riesgo que muchas veces el propio deportista ignora. Por eso, la educación es fundamental para combatir el dopaje.

De manera que el problema del dopaje tiene implicaciones éticas, deportivas y de salud, con amplia repercusión social –a través de los medios– y políticas, a través de ministerios y secretarías para el deporte.

La Agencia Mundial Antidopaje es una fundación independiente, apoyada por el Comité Olímpico Internacional (COI), que ha elaborado un Código Mundial Antidopaje (documento armonizador de las regulaciones antidopaje en todos los deportes y países) y que anualmente emite una lista de sustancias prohibidas o dopantes. En esa extensa lista figuran: anabolizantes, hormonas y afines (incluida la eritropoyetina o EPO), agonistas beta-2, antiestrogénicos, diuréticos y otros agentes enmascarantes, estimulantes, narcóticos, cannabis y derivados, corticoides.

Sobre trabajo divulgativo de 2010:
"Medicamentos: garantías y riesgos"

Riesgos de medicamentos
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