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miércoles, 3 de febrero de 2016

Prestaciones sanitarias complementarias



Recupero un tema reiterado: la falta de financiación sanitaria para algunas cuestiones básicas: odontológicas (tratamientos reparadores: empastes, prótesis...), oftalmológicas (lentes graduadas) y otológicas (audífonos). Aunque hemos de ser más concretos: no tienen cubiertos estos servicios sanitarios los afiliados al Régimen General de la Seguridad Social (la mayoría) pero los pertenecientes al Régimen Especial de la Seguridad Social, siendo considerados como prestaciones sanitarias complementarias. De modo que son privativos de las mutualidades de funcionarios: MUFACEISFAS y MUGEJU, cuyos afiliados también pueden optar a una sanidad privada (privilegio que se temió a perder). El resto de ciudadanos hispanos tendrá que pagar por tales servicios y ni siquiera podrá desgravar por ellos, lo cual podría entenderse como un agravio comparativo en un Sistema Nacional de Salud teóricamente igualitario.

Hablando de copago por prestación farmacéutica, en un debate televisivo, decía una economista del gobierno que su anciana madre pagaba el 30% de los medicamentos por pertenecer al régimen de MUFACE (en el régimen general se paga el 40%), contrariamente a los pensionistas del régimen general que no pagan nada. Y en la femenina mesa de debate nadie le recordó, ni la miembro de la referida Comisión –supongo que por ignorancia–, que los afiliados a MUFACE tienen otras prebendas, en forma de prestaciones sanitarias complementarias (ayuda por gafas, tratamientos dentales, audífonos, etc. ), como ISFAS y MUGEJU. 

Así se explica uno por qué no se incide en este tema: los beneficiados callan y los grupos políticos no parecen interesados en alimentar el debate sobre este desequilibrio en las prestaciones sanitarias complementarias.

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