lunes, 12 de febrero de 2018

Derecho sanitario en alza


DERECHO SANITARIO. Conjunto de principios, preceptos y reglas que regulan el ejercicio de la Sanidad, con mayúsculas, y garantizan un bien necesario. Se entiende en la relación Ley y Medicina y uno de sus conceptos esenciales es la “lex artis”, que señala la responsabilidad. Entre otras cuestiones recoge los derechos y deberes de las partes, el intrusismo profesional y el secreto médico
Un abogado experto en derecho sanitario habla de términos de la jurisprudencia valorados para compensar daños derivados de la infraactuación médica: "pérdida de oportunidad" y “compensación [indemnización] del daño moral”. 

Desde su experiencia, nos confirma que el derecho sanitario tiene hoy más trabajo… “Se notan los efectos de los recortes en la sanidad pública... Los políticos también han dictado normas que dan derechos a los pacientes...” 

Y nosotros observamos una cadena favorecida por la particular política sanitaria de recortes, desde la que se  habla (ver chiste abajo) de reinventar y reordenar: 

Menos recursos sanitarios > Más errores > Mayor daño > Judicialización de la medicina > Perjuicio para profesionales y pacientes.


A veces nos parece como si detrás de nuestras acciones anduviese el diablo...

El trino del Diablo - Giuseppe Tartini
***
Derechos y deberes de los usuarios del sistema sanitario (hispano)
La desproporción entre derechos y deberes, a favor de los primeros, es cuando menos chocante. Lo es por la aparente concesión al ciudadano, pues en el fondo supone un engaño, y más con los recortes sanitarios producidos. Pero también porque no regula la asistencia, el buen uso de los servicios de la sanidad pública, ni establece la autoridad de los profesionales de la salud. Así que entre los deberes echamos en falta al menos dos ítems:
  • Hacer uso de los servicios sanitarios de modo adecuado, acudiendo a los profesionales que les corresponden. Y aprovechar la vía de urgencia sólo cuando es realmente necesario.
  • No imponer sus criterios particulares a los profesionales de la salud, que son quienes saben de medicina y procuran el bien de los pacientes.

La imagen es del servicio de salud de Andalucía, pero la misma desproporción entre derechos y deberes existe en las cartas de otros servicios de salud. Unos se dirigen a los ciudadanos, otros a los pacientes o a los usuarios. Veamos los ejemplos de Canarias (donde confunden ‘sistema’ con servicio de salud) y Cantabria (donde nombran ‘sistema autonómico’ al servicio de salud):
Carta de los Derechos y Deberes.... Sistema Servicio Canario de la Salud
***
ANEXO: AFORISMOS SOBRE DERECHO Y DEBER 
  • Nadie tiene más derecho que el de cumplir con su deber. (A. Comte)
  • El hombre honrado es el que mide su derecho por su deber. (E. Lacordaire)
  • Todo derecho que no lleva consigo un deber, no merece que se luche por defenderlo. (M. Gandhi)
  • Si es un deber respetar los derechos de los demás, es también un deber mantener los propios. (H. Spencer)
  • No hay fase en la vida, pública o privada, libre de deberes. (Cicerón)
  • Así como hay una Carta de Derechos Humanos, hay una Carta de Deberes Humanos.
Obligación (deber, responsabilidad, compromiso)
  • Antes es la obligación que la devoción. (Refrán)
  • Nobleza obliga. (Lema heráldico) 
  • Nada impone tantas obligaciones al individuo como la libertad. (V. Kaleb)
  • Nadie está obligado a dar más de lo que puede. (Celso
  • Es de bien nacidos ser agradecidos. (Refrán)
  • Porque el ser agradecido / la obligación mayor es / para el hombre bien nacido. (Duque de Rivas)
Compromiso (obligación contraída, promesa dada) [Proverbia]
  • No son los deberes lo que quitan a un hombre la independencia: son los compromisos. (L. de Bonald
  • Yo estoy comprometido con la vida. (J. Saramago)

No hay comentarios:

Publicar un comentario